10/3/14

Cómo denunciar maltrato animal

CÓRDOBA ¿CÓMO DENUNCIAR UN HECHO DE MALTRATO ANIMAL? (por Abogada Eleana Casado)




Se debe tener presente que: 
1) Es un delito penado por la Ley 14.346 (Ley Sarmiento) y es obligación del ciudadano denunciar cualquier hecho que viole una ley
2) Es un delito de Acción Pública, es decir que puede ser denunciado por cualquier persona. 
3) El hecho se puede denunciar ante la Policía Judicial (NO ante el comisario o personal administrativo policial) o Fiscalía de Turno. 
4) No acceder a realizar una “EXPOSICION CIVIL”. 
5) Es importante que pueda tener el texto de la ley en mano al momento de presentarse a realizar la denuncia. 

Requisitos para denunciar: 

1. Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que presencia el hecho y que es testigo del mismo
2. El/la denunciante debe ser mayor de edad (18 años) y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad. 
3. La denuncia debe hacerse por escrito ante las autoridades correspondientes y deberá ser firmada por el denunciante y sellada y firmada por el funcionario que la recibe. 
4.- La denuncia debe consistir en una descripción circunstanciada de los hechos considerados delictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación. 
5. Pedir SIEMPRE en la Fiscalía la COPIA DE LA DENUNCIA FORMULADA. Este permitirá controlar y seguir la causa. 
6. En caso de muerte del animal deberá colocar el cuerpo en la heladera hasta que un veterinario verifique la muerte y expida un certificado para que se practique una necropsia. La necropsia debe realizarla un organismo oficial para que el certificado tenga validez legal (Ej: Facultad de veterinaria en Córdoba). Luego agregar los resultados al expediente y seguir la causa.

DATO IMPORTANTE: Llamar al 0810-888-3368 (de 8.00 a 20.00 hs) se trata del número del programa "Córdoba contra el delito", puesto en marcha en 2007 para la participación ciudadana en la prevención y resolución de hechos delictivos. A diferencia del 101, que recepta emergencias que necesitan una respuesta inmediata, este número atiende denuncias que aportan datos sobre hechos que requieren una investigación policial. Es muy útil para el caso de peleas clandestinas de perros y otros animales.

¿QUÉ HACER EN CASO QUE NO SE QUIERA TOMAR LA DENUNCIA?.

Tener en cuenta que:
LAS DENUNCIAS SE REALIZAN EN CUALQUIER UNIDAD JUDICIAL FRENTE A LA POLICÍA JUDICIAL (NO frente al comisario o personal administrativo policial) O EN SU DEFECTO EN TRIBUNALES II EN LA FISCALÍA DE TURNO.

1-) Es OBLIGACIÓN del funcionario tomar la denuncia por el principio de Oficiosidad que rige en el derecho Procesal Penal en Córdoba (Art. 5 Ley 8123). Conocido un hecho delictuoso es deber del funcionario instrumentar la denuncia bajo apercibimiento de ser sancionado laboralmente. Si persiste en la negativa, pedir nombre y formular denuncia de inactividad del Funcionario en Fiscalía de Turno.
2.) Acudir a Tribunales II en Fructuoso Rivera 720 – Bº Observatorio, preguntar por la Fiscalía de Turno y realizar la denuncia.

FUENTE: SALA DE DERECHO ANIMAL DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE CORDOBA



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